αἴτιος, ία, ον (5)
lexema adjetival que denota causalidad (= Relación); connota sujeto y término.
Definición: “Que da origen a algo”: causante.
La fórmula semántica enmarca en el recuadro la causalidad (R) denotada; el primer brazo corresponde al sujeto (X1, polivalente); el segundo al efecto (X2, polivalente).
Definición: “Que (X1) da origen a (R) algo (X2)”.
La definición dada corresponde a la primera acepción de αἴτιος (semema I). Cuando se encuentra en contexto judicial (factor contextual), se tiene la segunda acepción (semema II). En el NT aparece siempre sustantivado.
SEMEMA I. Denotando causalidad, pueden distinguirse dos casos: que el sujeto sea personal o que sea una realidad no personal a) Con sujeto personal, equivale a autor, causa.
Definición: “Imputación a alguien de una acción contraria a la ley”: acusación, cargo.
Para la fórmula y el desarrollo sémico, vse. αἰτία II.
αιτιος
aitios
Definición: “Que da origen a algo”: causante.
La fórmula semántica enmarca en el recuadro la causalidad (R) denotada; el primer brazo corresponde al sujeto (X1, polivalente); el segundo al efecto (X2, polivalente).
Definición: “Que (X1) da origen a (R) algo (X2)”.
La definición dada corresponde a la primera acepción de αἴτιος (semema I). Cuando se encuentra en contexto judicial (factor contextual), se tiene la segunda acepción (semema II). En el NT aparece siempre sustantivado.
SEMEMA I. Denotando causalidad, pueden distinguirse dos casos: que el sujeto sea personal o que sea una realidad no personal a) Con sujeto personal, equivale a autor, causa.
Heb 5,9: ἐγένετο... αἴτιος σωτηρίας αἰωνίου se convirtió en autor / causa de una salvación definitiva.b) con sujeto no personal, puede definirse: “Deseo, intención o hecho que impulsa a la acción": causa, motivo, razón. (vse. αἰτία I).
Hch 19,40: μηδενὸς αἰτίου ὑπάρχοντος περὶ οὗ δυνησόμεθα ἀποδοῦναι λόγον περὶ συστροφῆς ταύτης no habiendo ningún motivo por el que podamos rendir cuentas de este desorden / no pudiendo alegar ningún motivo que justifique este disturbio...SEMEMA II. Como término jurídico, al igual que αἰτία, denota acción (= Hecho), que atribuye a alguien (connotado) haber cometido un acto (= Hecho) contrario (= Relación) a la ley (= cuasi-Entidad).
Definición: “Imputación a alguien de una acción contraria a la ley”: acusación, cargo.
Para la fórmula y el desarrollo sémico, vse. αἰτία II.
Lc 23,4: οὐδὲν εὑρίσκω αἴτιον ἐν τῷ ἀνθρώπῳ τούτῳ no encuentro ningún delito en este hombre; cf 23,14.
Lc 23,22: οὐδὲν αἴτιον θανάτου εὗρον ἐν αὐτῷ no encontró en él ningún delito [digno] de muerte._____
αιτιος
aitios